Sacramentos en general - Sac. 1.2
En el artículo precedente estuvimos haciendo una breve historia de los sacramentos, al tiempo que estudiamos su naturaleza y su número. En este segundo artículo analizaremos los siguientes apartados:
- ·El signo sacramental.
- ·La necesidad de los sacramentos para salvarse.
- ·La eficacia de los sacramentos: “Ex opere operato”.
- ·Los efectos de los sacramentos.
El signo sacramental
Como decíamos en el artículo anterior, el Señor podía habernos comunicado la gracia directamente, sin necesidad de recurrir a ningún elemento sensible. A veces lo hace así, y envía su gracia invisible como una ayuda real, sin mediar elemento externo alguno. Sin embargo, Dios, ha querido acomodarse a nuestra naturaleza al darnos su gracia. Jesús, por ejemplo, realizaba de ordinario los milagros sirviéndose de algunos elementos materiales, o de algunos gestos y palabras: tocó con su mano al leproso y le dijo: quiero, queda limpio... (Mt 8:3); untó con barro los ojos del ciego de nacimiento; éste se lavó después y recuperó la vista (Jn 9: 6-7); diciendo esto, sopló y les dijo: recibid el Espíritu Santo... (Jn 20:22).
Del mismo modo, quiso en los sacramentos unir su gracia a signos externos en los que se materializa la acción invisible del Espíritu Santo. La pedagogía divina ha querido comunicar al hombre la gracia sobrenatural a través de las mismas realidades materiales que usamos en nuestra vida ordinaria, dándoles una significación más alta y una eficacia que de suyo no tiene ni pueden tener. No eligió, sin embargo, una realidad material cualquiera, sino aquella que ya en el plano natural sirve para un fin similar al que Dios quiere producir sobrenaturalmente: el agua, para lavar; el aceite, para fortificar el cuerpo; el pan, para alimentar, etc. Luego determinó que, mediante unas palabras pronunciadas con su autoridad, estas realidades materiales significaran y causaran un efecto santificador: el agua lava la mancha del pecado en el alma.
El elemento material se llama materia del sacramento, y las palabras que lo completan y dan su eficacia a la materia se denomina forma. Cuando la forma es pronunciada por el ministro con la intención de hacer lo que hace la Iglesia, Dios confiere su gracia a través del sacramento, que es el instrumento del que se sirve para santificarnos.
El signo sensible lo componen conjuntamente la materia y la forma, y es a lo que la Iglesia da el nombre de sacramento. La materia y la forma constituyen la esencia del sacramento y no pueden variarse o modificarse, pues fueron determinadas por institución divina. La Iglesia, al establecer modificaciones en los ritos, jamás varía esta parte esencial, sino que sólo regula las ceremonias litúrgicas alrededor de los dos elementos constitutivos de cada sacramento.
La Sagrada Escritura hace resaltar esos dos elementos esenciales (Ef 5:26; Mt 26: 26 ss.; 28:19; Hech 6:6; 8:15; Sant 5:14). Del mismo modo, la Tradición da testimonio de que los sacramentos se administraron siempre por medio de una acción sensible y de unas palabras que acompañan a la ceremonia. Por ejemplo, dice San Agustín refiriéndose al Bautismo:
“Si quitas las palabras, ¿qué es entonces el agua, sin agua? Si al elemento se añaden las palabras, entonces se origina el sacramento”.[1]
Hemos dicho que esa realidad sensible tiene una característica: es un signo de otra realidad, significa algo ulterior, en este caso, algo sagrado. Pero, ¿qué clase de signos son los sacramentos? Un ejemplo puede servirnos: el abanderado avanza, con la bandera en alto, y los demás la saludan con gesto enérgico, porque en la bandera está significada la patria; pero la bandera no es la patria.
El sacramento es también un símbolo, un signo, puesto que representa sensiblemente una realidad misteriosa; pero es un símbolo de otro orden. Al ser instituido por Cristo, tiene la tremenda fuerza de contener realmente lo que significa: así, siguiendo con el mismo ejemplo, el Bautismo no sólo simboliza la purificación y la limpieza interiores, sino que efectivamente la produce. Por eso Santo Tomás dice que el sacramento es un signo que produce lo que significa.
Los sacramentos no sólo significan la gracia, sino sobre todo la producen en las almas. No son signos convencionales o ineficaces, sino que verdaderamente obran siempre aquello que significan de un modo infalible, en aquel que los recibe con las debidas disposiciones. Esta idea se expresa diciendo que obran ex opere operato, con independencia de las personas y en dependencia absoluta de la voluntad divina que los ha instituido.
Sobre la necesidad de los sacramentos para salvarse
Se plantea ahora una doble cuestión:
- Si la gracia ha de llegar al hombre necesariamente a través de los sacramentos.
- Si es necesario al hombre recibirlos para conseguir la salvación.
Sobre el primer punto, hay que decir que es posible que la gracia llegue al hombre también de otros modos. Dios puede comunicarla sin los sacramentos. Por eso, no existía la ineludible necesidad de instituirlos ya que, como señala Santo Tomás de Aquino: "el poder de Dios no está ligado a los sacramentos”[2]. Sin embargo, considerando la naturaleza a la vez material y espiritual del hombre, tal institución era muy conveniente.
Por lo que respecta a la segunda cuestión, hay que decir que no todos los sacramentos son necesarios para cada persona; pero como Cristo vinculó a ellos la comunicación de la gracia, y por tanto la consecución de la vida eterna, todos los hombres tienen necesidad de algunos de ellos para salvarse. Para todos es absolutamente necesario recibir el Bautismo[3] y, para quienes han pecado mortalmente después de bautizarse, es imprescindible también recibir el sacramento de la Penitencia (DS 1971)[4]. La recepción de la Eucaristía se precisa además para aquellos bautizados que han llegado al uso de razón (Jn 6:53)[5].
Los demás sacramentos son necesarios en cuanto que con ellos es más fácil conseguir la salvación.
Son claras y llamativas las enseñanzas que transmite Santo Tomás de Aquino cuando habla de la necesidad de los sacramentos. Enseñanzas que ahora resumimos:
No es la misma la necesidad de cada uno de los sacramentos, ya que algunos son absolutamente necesarios -el Bautismo-, otros se relacionan con estados particulares a los que no todos están llamados -Orden y Matrimonio-, otros son necesarios en circunstancias particulares -Penitencia-, etc.
Sigue Santo Tomás:
"Puede llamarse necesario aquello sin lo cual no se puede obtener el fin, como la nutrición es necesaria para la vida humana, y esto es algo absolutamente necesario. Pero también puede llamarse necesario aquello sin lo cual no se obtiene el fin tan fácil y cómodamente, como cuando se dice que el caballo es necesario para viajar. Pero esto no es de absoluta necesidad para lograr el fin. Pues bien, tres sacramentos son necesarios en el primer sentido. Dos para el individuo: el Bautismo, en absoluto; la Penitencia, supuesto un pecado mortal cometido después del Bautismo. En cambio, el sacramento del Orden es de absoluta necesidad para toda la Iglesia. En cuanto a los otros sacramentos, no son necesarios más que en el segundo sentido. La Confirmación perfecciona, en cierto modo, al Bautismo; la Extremaunción perfecciona a la Penitencia; y el Matrimonio conserva la comunidad de la Iglesia, renovando sus miembros..." [6].
La eficacia de los sacramentos
Los sacramentos son por voluntad de Cristo la continuación de las mismas acciones salvíficas realizadas por Él durante su vida terrena. De ahí que sean medios de santificación con la misma eficacia infalible que poseía la Santísima Humanidad de Cristo.
Los sacramentos siempre dan la gracia, cuando el rito se realiza correctamente y el sujeto receptor no pone obstáculo. La eficacia les viene por el hecho de ser “acciones de Cristo”: Él es quien bautiza, Él es quien perdona los pecados. En los sacramentos, la causa principal es Dios, a través de la Humanidad de Jesucristo unida hipostáticamente a su Persona Divina. El sacramento es sólo instrumento a través del cual Dios transmite la gracia al hombre.
Debido a ello decimos que los sacramentos son signos eficaces de la gracia, pues de un modo infalible la producen en el alma. La teología, para designar esa eficacia objetiva, creó la fórmula "sacramenta operantur ex opere operato"; es decir, los sacramentos actúan por el mismo hecho de realizarse y dan la gracia en virtud del rito sacramental que se lleva a cabo. En consecuencia, siempre que un sacramento es celebrado conforme a la intención de la Iglesia, el poder de Cristo y de su Espíritu actúa en él y por él, independientemente de la santidad personal del ministro (Catecismo, n. 1128).
El Concilio de Trento sancionó esta fórmula, definiéndola como dogma de fe:
“Si alguno dijere que los sacramentos de la Nueva Ley no confieren la gracia en virtud del rito sacramental que se realiza (ex opere operato) (. . .) sea anatema” (DS. 1608).
El Concilio hubo de definir esta doctrina para contrarrestar la afirmación de los protestantes, los cuales afirmaban que los sacramentos eran eficaces por la fe que el sujeto o el ministro ponían en su confección o recepción. Los protestantes dicen que son las disposiciones del sujeto lo que da eficacia a los sacramentos. Así, dirán que si la fe de un hombre es tan grande que le lleva a creer que el Bautismo le perdona el pecado original, entonces el pecado original queda borrado; de otro modo permanece la mancha.
Por el contrario, la doctrina católica afirma que, por ser actos del mismo Cristo, no es el sujeto que lo recibe quien les confiere poder santificador, sino que éste les viene dado ya por el hecho de celebrar el sacramento tal como la Iglesia lo exige.
La formulación explícita de esta doctrina se remonta ya a los tiempos en que San Agustín refutaba a los donatistas, los cuales condicionaban la eficacia de los sacramentos a la disposición del ministro. Frente a ellos San Agustín enseña que el ministro sólo presta los medios para que Jesucristo, misteriosamente presente en la Iglesia, actúe con toda su eficacia salvadora.
El efecto del sacramento tampoco se produce por la actitud del que lo recibe: la gracia se confiere a quien no pone óbice, por el mismo hecho de realizarse el rito sacramental. Ahora bien, es importante también recalcar que la mayor o menor cantidad de gracia sí depende de las disposiciones del sujeto que lo recibe. Esta disposición subjetiva se designa con la fórmula “ex opere operantis”, que textualmente significa "por la acción del que actúa".
Efectos de los sacramentos
Los efectos que producen los sacramentos son los siguientes:
- La gracia santificante, que se infunde o se aumenta.
- La gracia sacramental, específica de cada sacramento.
- El carácter, que es producido por tres sacramentos (Bautismo, Confirmación y Orden Sacerdotal).
1.- La gracia santificante
El Concilio de Trento definió como verdad de fe que todos los sacramentos del Nuevo Testamento confieren la gracia santificante a quienes los reciben sin poner óbice (DS 1600-1608).
En la Sagrada Escritura, los textos en los que aparece directa o indirectamente este efecto, son muy abundantes (Jn 3:5; Hech 8:17; Ef 5:26; 2 Tim 1:6; Tit 3:5; Sant 5:15; etc.). Algunos pasajes designan este efecto con palabras equivalentes tales como: purificación, regeneración, remisión de los pecados, comunicación del Espíritu Santo, etc.
La gracia santificante puede venir a un alma que ya la poseía, produciéndose un aumento de esa gracia; puede también ser comunicada a un alma en pecado mortal u original, infundiéndola donde no existía.
Esta diferencia se pone de manifiesto en la terminología teológica que califica al Bautismo y a la Penitencia como sacramentos de muertos, o destinados a perdonar el pecado mortal u original; y a los otros cinco como sacramentos de vivos, porque han de recibirse en estado de gracia y suponen un enriquecimiento y desarrollo de la vida sobrenatural que ya se posee.[7]
2.- La gracia sacramental
Además de esta gracia común a todos los sacramentos, hay una gracia llamada sacramental, propia de cada uno de ellos. Cada sacramento, en efecto, confiere una gracia sacramental específica, distinta en cada uno de ellos, que añade a la gracia santificante un cierto auxilio divino cuyo fin es ayudar a conseguir el fin particular de cada sacramento.[8]
La gracia sacramental proporciona al cristiano, en las diversas situaciones de su vida espiritual y en el tiempo oportuno, las gracias actuales necesarias para cumplir sus deberes. Los padres, p. ej., en virtud del sacramento del Matrimonio tendrán gracia para recibir y educar cristianamente a los hijos; los sacerdotes, por el sacramento del orden, contarán con los auxilios necesarios para el desempeño de su ministerio; los enfermos, por el sacramento de la unción, contarán con las gracias actuales necesarias para aceptar sus sufrimientos, etc.
3.- El carácter sacramental
Es verdad de fe que el Bautismo, la Confirmación y el Orden Sacerdotal imprimen en el alma el carácter, es decir, una marca espiritual indeleble que hace que esos tres sacramentos no se puedan volver a recibir[9]. En la Sagrada Escritura se designa el carácter como "sello divino" o "sello del Espíritu Santo" (2 Cor 1: 21ss.; Ef 1:13; 1:30).
Quien recibe uno de estos tres sacramentos, está para siempre sellado por Cristo; es decir, llevar consigo sus rasgos de modo indestructible, del mismo modo que el hijo lleva los rasgos de su padre. Los pecados pueden desfigurar esos rasgos, pero no aniquilarlos; incluso el bautizado que se condena permanece con ellos. Por este mismo hecho, los sacramentos que imprimen carácter no son repetibles.
Resumiendo, podemos decir que el carácter es un signo configurativo, porque asemeja a Cristo, nos configura con El; signo distintivo, porque distingue a quien lo recibe y signo dispositivo, porque capacita para el culto divino.
La esencia del carácter, explica Santo Tomás, es una especie de "poder" que hace al hombre apto para realizar los actos del culto divino. En otras palabras, el carácter es una participación del sacerdocio de Cristo, esto es, de su mediación entre Dios y los hombres.[10]
Los otros cuatro sacramentos (Eucaristía, Penitencia, Matrimonio y Unción de los Enfermos) no confieren el carácter sacramental, porque su efecto se pierde. Así, por ejemplo: la presencia real de Jesucristo en la Eucaristía se pierde cuando desaparecen las especies sacramentales; la reconciliación que hace la Penitencia se pierde cuando se comete un pecado mortal; el vínculo que crea el Matrimonio desaparece cuando muere uno de los cónyuges. Respecto a la Extremaunción, no puede ser reiterada durante la misma enfermedad, pero sí en enfermedades nuevas o en situaciones de nueva gravedad en una enfermedad que permanece.
La validez y la licitud de los sacramentos
Es conveniente que aclaremos ahora dos conceptos claves para la comprensión de la eficacia sacramental: los conceptos de validez y licitud.
Sacramento válido es aquel que, en su confección y (o) en su recepción, verdaderamente se ha producido, es decir, ha habido sacramento.
Sacramento lícito es aquel sacramento válido que, además, se ha confeccionado o recibido con todas sus condiciones y, por tanto, produce todos sus efectos.
Ejemplos:
Confeccionaría inválidamente (no habría sacramento):
- Un cristiano que no fuera sacerdote y pronunciara las palabras de la consagración.
- El sacerdote que consagrara con un pan que no fuera de harina de trigo.
- El sacerdote que usara una fórmula de consagración distinta a la aprobada.
- El sacerdote que no tuviera intención de consagrar (hacer lo que la Iglesia hace).
Recibiría inválidamente un sacramento (en sentido propio, no lo recibiría) el sujeto que simulara confesar sus pecados, sin intención de recibir el perdón.
Sobre la ilicitud: La ilicitud en la recepción del sacramento se daría en aquel que, por ejemplo, recibiera la Confirmación (o cualquier otro sacramento de vivos) con conciencia de pecado mortal: recibe la Confirmación, el Matrimonio, etc., pero ilícitamente, faltando el requisito de estar en gracia de Dios.
También sería ilícito cuando un médico administrara el Bautismo a un niño que no estuviera en peligro de muerte. El niño quedaría válidamente bautizado, pero de modo ilícito.
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En el artículo siguiente seguiremos este mismo tema de los “sacramentos en general” y estudiaremos los siguientes apartados: el ministro y el sujeto de los sacramentos, y la materia y la forma de los mismos.
[1] San Agustín, Ioannis Evangelium Tractatus, 80,3.
[2] Santo Tomás de Aquino, Summa Theologica, III, q. 76, a. 6, ad. 1.
[3] Cuando hablemos en particular del sacramento del Bautismo matizaremos esta afirmación.
[4] Dz 1971: “Por la contrición, aun unida a la caridad perfecta y al deseo de recibir el sacramento, sin la actual recepción del sacramento, no se remite el pecado, fuera del caso de necesidad o de martirio”.
[5] “En verdad, en verdad os digo que si no coméis la carne del Hijo del Hombre y no bebéis su sangre, no tendréis vida en vosotros”.
[6] Santo Tomás de Aquino, Summa Theologica, III, q. 65, a. 4.
[7] Por excepción, el sacramento de la confesión es también sacramento de vivos, cuando quien lo recibe no tiene pecado mortal.
[8] Santo Tomás de Aquino, Summa Theologica, III, q. 62, a. 2.
[9] cfr. Dz. 1609 y Catecismo, n. 1121.
[10] Santo Tomás de Aquino, Summa Theologica, III, q. 63, a. 2.